siendo el primero de estos la solicitud de incorporación por parte de las Autoridades Municipales y
Estatales a esta Dependencia.
Posterior a ello, se realizará una visita de valoración inicial por parte de funcionarios de la Dirección
General de Programas Regionales y/o de la Dirección General de Desarrollo de Producto Turístico, en
donde se evaluará la potencialidad para que la localidad pueda llegar a ser Pueblo Mágico.
Si el dictamen es favorable, la localidad solicitante deberá de iniciar el proceso de integración del
Expediente, de acuerdo a lo que se indica en los siguientes puntos.
1. Involucramiento de la Sociedad y de las Autoridades Locales
- Compromiso con la sociedad local.
- Compromiso de las autoridades estatales y municipales.
2. Instrumentos de Planeación y Regulación.
- Planes de Desarrollo Estatal y Municipal.
- Programa de desarrollo turístico municipal.
- Programa de reordenamiento del comercio semifijo y/o ambulante.
3. Impulso al Desarrollo Municipal.
- Programas diversos de apoyo al desarrollo municipal.
- Continuación y consolidación de programas y/o acciones de desarrollo turístico
4. Oferta de Atractivos y Servicios.
- Contar con un atractivo turístico simbólico
- Contar con atractivos turísticos diferenciados.
- Servicios turísticos que garanticen su potencial comercialización
- Servicios de asistencia y seguridad.
5. Valor Singular “La Magia de la Localidad”
- Sustentar una tesis sobre la magia de la localidad.
- Declaratoria de “Zona de Monumentos Históricos”.
- Acciones de conservación del patrimonio tangible e intangible.
6. Condiciones y Espacios Territoriales.
- Accesibilidad terrestre.
- Factibilidad para la comercialización turística
- Producto turístico.
7. Impacto del Turismo en la Localidad y Área de Influencia.
- Sistema de información turística estatal.
- Valoración del impacto turístico a nivel regional y/o municipal.
8. Desarrollo de Capacidades Locales
- Taller de inducción Programa Pueblos Mágicos.
- Taller de planeación y gestión del turismo cultural.
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